Publicidad de apuestas y juegos: nueva regulación

Por primera vez en España se ha aprobado un Real Decreto con el fin de regular la publicidad de apuestas y juegos. ¿Cuáles son las nuevas restricciones estipuladas? A continuación, vamos a desgranar los puntos más llamativos de la legislación. El último anuario del Juego en España, publicado por la empresa de apuestas Codere y la Universidad Carlos III Madrid, indica que el mercado de las apuestas deportivas se ha multiplicado por 2,5 en los últimos años. La proliferación de negocios de apuestas deportivas y la subida de la inversión en publicidad ha llevado al Ejecutivo a formalizar una legislación más restrictiva. Sigue leyendo para conocer más detalles.

Horarios de la publicidad

Uno de los aspectos más llamativos de la nueva norma, que desarrolla los artículos 7 y 8 de la Ley 13/2011 de mayo de 2007, es la regulación de la publicidad de juegos y apuestas en el ámbito audiovisual. En primer lugar, quedan prohibidos los spots publicitarios fuera del horario de 1:00 a 5:00 hora de la madrugada. Aparte, los anuncios que se emitan en el horario permitido no podrán contar con personas o personajes de relevancia pública. Y, por último, en los mensajes publicitarios no se podrá incluir testimonios de personas beneficiarias de los juegos de apuestas.

Publicidad de apuestas, patrocinio y promoción

La norma aprobada establece también un paquete de medidas que tiene como objetivo restringir la exposición de los menores y colectivos vulnerables a la comunicación comercial del sector de apuestas. Además, trata de mostrar el juego como una actividad de riesgo potencial que puede desembocar en una enfermedad con la ludopatía. En redes sociales las empresas de juego solo podrán emitir mensajes publicitarios a sus seguidores y, en el caso de YouTube, deberán ceñirse a los horarios establecidos para la publicidad audiovisual. Y, por su parte, los bonos de apuestas no podrán usarse como reclamo para la captación de jugadores. Esas ofertas solo podrán dirigirse a clientes registrados.

Fin de los contratos deportivos con casas de apuestas

En los últimos años numerosos clubs lucían en sus camisetas o en su publicidad casas de apuestas deportivas. La nueva regulación prohíbe este tipo de contratos, además tampoco se permite la inclusión del nombre comercial de empresas de apuestas en instalaciones deportivas tales como estadios. En el caso de la retrasmisión de eventos deportivos tampoco se permitirá la publicidad si no cumple los horarios permitidos.

Sanciones y entrada en vigor

Ante el incumplimiento de la nueva ley, se aplicará el régimen sancionador de la Ley 13/2011 de regulación del juego. Si se produce un incumplimiento grave, las empresas pueden ser sancionadas con multas que oscilan entre los 100.000 y el millón de euros o incluso con la suspensión de la actividad en España por un plazo de seis meses.

¿Qué ocurre con los contratos vigentes? La ley entrará en vigor totalmente el 1 de mayo de 2021. Los contratos de publicidad con personas relevantes se podrán emitir hasta el 1 de abril de 2021. El resto de los contratos firmados con anterioridad a la ley se podrán mantener hasta agosto de 2021. El objetivo de los plazos es dar tiempo a las empresas de apuestas a adaptar su desempeño profesional a la nueva normativa. Si tienes más dudas al respecto o quieres solicitar un asesoramiento jurídico personalizado para tu compañía, contacta con HE Abogados. En nuestro despacho contamos con expertos en las distintas Áreas de Especialización del Derecho que te ayudarán para cubrir legalmente tus acciones comerciales.

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