Aprobada la Ley Orgánica del Derecho de Defensa en España

La reciente Ley Orgánica del Derecho de Defensa en España busca garantizar una defensa justa, accesible y efectiva en todos los procedimientos judiciales y extrajudiciales. Esta ley, basada en el artículo 24 de la Constitución Española, fortalece el derecho a ser representado y a recibir asistencia legal adecuada, esencial para una justicia equitativa en un Estado de Derecho. La ley entrará en vigor tras su publicación en el BOE. Hacemos un repaso por alguno de los puntos más destacados

Asistencia jurídica gratuita

Entre sus aspectos clave, la ley enfatiza la presunción de inocencia y el derecho a la información clara y accesible sobre cualquier proceso legal en el que se esté involucrado. Además, establece que cualquier persona, independientemente de sus recursos económicos, debe tener acceso a asistencia jurídica gratuita en casos de vulnerabilidad, reforzando así el compromiso de la justicia con las personas más desfavorecidas y recogido en la constitución.

Calidad de la asistencia jurídica

Otro elemento central es la calidad de la asistencia letrada. Los profesionales de la abogacía deben estar adecuadamente formados y actualizados, garantizando que los servicios prestados sean de alta calidad. La confidencialidad de las comunicaciones abogado-cliente y el derecho al acceso a un abogado de confianza o designado por el Estado son igualmente aspectos protegidos.

Ley orgánica del derecho de defensa: Accesibilidad universal

Asimismo, la ley reconoce la importancia de la accesibilidad universal en los servicios judiciales, particularmente para personas con discapacidad, menores de edad y personas en situación de especial vulnerabilidad. Esta protección se extiende al uso de herramientas digitales, garantizando que el avance tecnológico no limite los derechos de defensa de ningún individuo.

Honorario profesionales de los abogados

El documento establece que los honorarios de los abogados deben informarse de manera clara y accesible, incluyendo los costos generales del proceso y el procedimiento para su fijación. Los colegios de la abogacía tienen la responsabilidad de publicar criterios orientativos, objetivos y transparentes para ayudar a calcular el importe razonable de los honorarios en casos de tasación de costas o jura de cuentas. Esto permite a los abogados y a sus clientes acceder a pautas confiables para la cuantificación de estos honorarios​.

Además, la ley permite que se formalice una hoja de encargo profesional donde consten los derechos del cliente, los trámites legales y un presupuesto previo con los honorarios y costos derivados del proceso​.

Esta es una solicitud que los abogados venían requiriendo como una herramienta fundamental para la tasación de costas, que permita a los profesionales anticipar los costes a sus clientes.

En definitiva, esta ley representa un avance significativo para los derechos ciudadanos y la calidad de la justicia en España, asegurando que el derecho a la defensa sea efectivo, accesible y adaptado a las necesidades de cada persona, especialmente las más vulnerables.

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