Para hablar de infracciones y delitos fiscales debemos referenciar el artículo 31 de la Constitución Española. Perteneciente al Título 1 de los derechos y deberes fundamentales, este artículo establece la obligación de los ciudadanos a contribuir al sostenimiento de los gastos públicos. Siempre en base a su capacidad económica y operando con un sistema tributario justo. Por tanto, ¿por qué se habla de infracciones o delitos fiscales? Cuando un ciudadano elude el pago de los tributos asignados u obtiene beneficios fiscales, está cometiendo un fraude fiscal. Con el objetivo de proteger tanto el erario como la política económica del país, el Código Penal (artículo 305) puede establecer hasta pena de prisión para el defraudador. Pero no todas las sanciones son iguales. Analizamos la diferencia entre infracciones y delitos fiscales, así como las penas correspondientes.
Infracciones tributarias
Las infracciones tributarias son todas aquellas acciones realizadas de manera voluntaria e intencionada que incumplen con lo que tipificado y sancionado en la ley referente a la tributación del ciudadano. Dentro de las infracciones tributarias, el contribuyente puede eludir el pago atribuido, obviar la presentación de las declaraciones y ocultar o incluir datos que alteren su deuda tributaria. Cualquier anomalía, documento falseado o persona y entidad interpuesta constituye una infracción tributaria.
Delitos fiscales
Entonces, ¿qué diferencia existe con los delitos fiscales? Básicamente, es el importe defraudado a la Hacienda Pública el que establece esta distinción. Cuando el contribuyente defraude más de 120.000 euros, que es el importe fijado actualmente por la Ley, está cometiendo un delito fiscal. En este caso, que se tipifica como incumplimiento grave, los Juzgados de lo Penal son los encargados de la instrucción de dichos procedimientos y del establecimiento de condenas. Por tanto, la única diferencia existente entre infracción tributaria y delito fiscal es la cuantía defraudada, que establece el nivel de gravedad de la operación.
Sanciones y condenas
Si se trata de una infracción leve, el contribuyente puede regularizar la situación tributaria para recibir una sanción reducida de la cuantía no ingresada y una comisión específica. El delito fiscal, por su parte, se castiga con una pena de prisión que oscila entre 1 y 5 años. O también con una multa entre el 100 y el 600% de la cantidad defraudada por el contribuyente. Se contempla además una pérdida del derecho a la obtención de incentivos o beneficios de índole fiscal y subvenciones o ayudas durante un periodo de entre 3 y 6 años.
Asesoramiento en Derecho Fiscal
Para evitar tanto las infracciones tributarias como los delitos fiscales, la mejor opción es contar con un equipo de profesionales especializado en este campo. Con el objetivo de contribuir al cumplimiento de las obligaciones tributarias de la ciudadanía, en HE Abogados contamos con un Área de Derecho Fiscal. Nuestros profesionales te asesorarán tanto si eres una empresa como un particular. Analizamos tu situación, el impacto fiscal de tus operaciones y la tributación requerida. Contacta con nuestro equipo de abogados en Madrid y soluciona tus dudas.