Prórroga de los ERTE hasta el 31 de enero

Gobierno y agentes sociales acuerdan la prórroga de los ERTE hasta el 31 de enero. Así se aprobó ayer martes, 29 de septiembre, en el Consejo de Ministros tras haber logrado un acuerdo con patronal y sindicatos. Eso sí, se han creado distintas modalidades para cubrir la situación de cada empresa y se amplían los sectores en los que se prorrogan los ERTE por fuerza mayor. Analizamos las novedades y aclaramos dudas sobre la nueva situación laboral. ¡Sigue leyendo para saber más!

Extensión como garantía

Tan solo un día antes de que finalice la prórroga de los ERTE, se aprueba una nueva extensión de estos expedientes de regulación temporal de empleo. El objetivo es garantizar, por un lado, la prestación a los empleados y, por otro, las exoneraciones a las organizaciones empresariales. Así será hasta el 31 de enero de 2021.

Tipos de ERTE

Para poder abarcar las todas las situaciones, el Gobierno ha habilitado distintos tipos de ERTE. El primero se dirige a los negocios cuya actividad se ha visto impedida. Este sería el caso, por ejemplo, de las empresas dedicadas al ocio nocturno. El segundo, por su parte, abarca a las compañías cuya demanda de actividad y, por tanto, facturación, haya caído durante estos meses. Es decir, aquellos negocios que han sido golpeados por la pandemia.

Condiciones para los trabajadores

Se mantienen los acuerdos respecto a la prestación dada a los trabajadores, establecida en un 70% de la base reguladora, y no se descontará este tiempo del periodo de paro correspondiente. En este sentido, continúa la prohibición de despedir a los trabajadores en situación de ERTE y la realización de horas extra. Tampoco se contempla la reducción de la prestación, anteriormente establecida al 50% tras 180 días. Ni la posibilidad por parte de la empresa de externalizar actividades o llevar a cabo nuevas contrataciones, salvo excepciones justificadas.

Exoneraciones para las empresas

Dependiendo del tipo de ERTE otorgado, se asignará una u otra exoneración. Para aquellas empresas cuyo desarrollo de actividad se haya visto impedido, se exonerarán las cuotas al 100% en el caso de contar con menos de 50 trabajadores en los 4 meses siguientes. Si son compañías más grandes, este porcentaje se reduce al 90%.

Para los negocios que sufren limitaciones, en octubre tendrán una exoneración del 100%, que se irá reduciendo poco a poco, siendo del 90 en noviembre, del 85 en diciembre y del 80 en enero. Estas cifras corresponderían a las empresas pequeñas de menos de 50 trabajadores, frente a las más grandes, que sufrirán una reducción de 10 puntos respecto a las primeras. En el caso de ERTE por fuerza mayor, las exoneraciones serán del 85% hasta enero con menos de 50 empleados y del 75% con más trabajadores.

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