Con la proximidad de las elecciones generales, que celebraremos el 28 de abril, y la campaña electoral en plena ebullición, surgen dudas jurídicas en diferentes aspectos. Uno de los más importantes, el tratamiento de datos. ¿Cómo deben actuar a este respecto los partidos políticos? La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ya determinó el mes pasado restricciones para acotar tanto la recopilación como el tratamiento de la información. Los límites impuestos deberán ser seguidos por los partidos políticos y consultados a la agencia antes del inicio de la campaña. Esta, que comenzará el 12 de abril, tendrá una duración total de quince días y muchas restricciones que tener en cuenta.
¿Qué prácticas están prohibidas?
Para la Agencia Española de Protección de Datos una de las preocupaciones más acuciantes es el uso de tecnologías como la inteligencia artificial o el big data. Por ello, prácticas como el microtargeting, o cualquiera que pueda incidir en la voluntad de los usuarios, no están permitidas en los procesos electorales. Se pretende evitar lo ocurrido en las elecciones presidenciales de Estados Unidos en 2016 con la empresa Cambrigde Analytica. Además, se obliga a los partidos a destruir todos los datos recopilados tras los comicios. Así se asegura la transparencia y la participación libre de los usuarios, aspectos esenciales en todo sistema democrático.
¿Y cuáles están permitidas?
Uno de los mayores debates que han surgido en torno al tratamiento de datos en campaña electoral ha sido el envío de propaganda. La Ley de Protección de Datos y Garantía de los Derecho Digitales permitía a los agentes políticos utilizar la información obtenida para lanzar propaganda vía electrónica o a través de aplicaciones de mensajería. Esta potestad, considerada spam electoral, fue recurrida por el Defensor del Pueblo. Ante lo cual la agencia estableció que los partidos debían remitirles las medidas adoptadas sobre el tratamiento de datos con tres semanas de antelación al comienzo de la campaña. Aunque normalmente se establece un periodo previo de 14 semanas, esta vez se ha reducido dada la proximidad de los comicios.
¿Cómo actúa la Agencia Española de Protección de Datos?
Para asegurar el cumplimiento de estas restricciones, la agencia implica en el control a funcionarios autorizados. Estos, encargados de recopilar documentos, analizar equipos o inspeccionar tanto ficheros como programas, pueden actuar por iniciativa propia o impulsados por denuncias recibidas de los ciudadanos. Además, también disponen de capacidad sancionadora, lo que les permite interponer multas que pueden ascender a los 20 millones de euros. De hecho, no sería la primera vez que los partidos políticos son sancionados. La mayor parte de ellos ya han recibido multas en periodos anteriores por la vulneración del tratamiento de datos.
Asesoramiento jurídico para el tratamiento de datos
Para evitar volver a incurrir en ningún delito y cumplir las directrices establecidas, los agentes políticos deben solicitar asesoramiento jurídico. En HE Abogados somos expertos en Derecho Digital y en todo lo concerniente a esta área de especialización. Trabajamos para asegurar el cumplimiento normativo por parte de nuestros clientes. Y realizamos tanto auditorías legales como asesoramiento personalizado.