El término tributar hace referencia al pago al estado para las cargas y atenciones públicas. El cobro de tributos por parte del estado se hace para financiar necesidades colectivas de orden público como pueden ser infraestructuras, sanidad o educación. Vamos a analizar cómo se ubica el lugar residencia y algunos de los atributos más importantes para ver las diferencias de tributar en Andorra a tributar en España y su política fiscal.
Lugar de residencia
En primer lugar, el lugar de residencia habitual es decisivo a la hora de tributar en Andorra o España. ¿Cómo se establece? La residencia habitual es aquella en la que el sujeto permanezca más de 183 días. ¿Quién está obligado a tributar en España? Aquellas personas físicas que hayan residido en territorio español un mínimo de 183 días, durante el año natural, o que tengan en España el núcleo principal de la actividad económica. Para tributar en Andorra el sujeto debe residir por ese tiempo mínimo en el país. A continuación, compararemos impuestos como el IRPF, IS o el IVA.
¿Qué es el IRPF?
El IRPF es uno de los indicadores clave del sistema tributario. Está regulado en España por la Ley 35/2006, de 28 de noviembre. El IRPF debe abonarse al estado sin contraprestación. Este impuesto grava la renta de las personas físicas durante el año, tanto los rendimientos del trabajo como el patrimonio. Es un impuesto progresivo y directo, es decir a mayores ingresos, mayores impuestos. Los tramos de IRPF son una de las grandes diferencias de tributar en Andorra a tributar en España.
Tramos del IRPF en España:
- Primer tramo: el 19% hasta 12.450€
- Segundo tramo: el 24% desde 12.450€ hasta 20.200€
- Tercer tramo: el 30% desde 20.200€ hasta hasta 35.200€
- Cuarto tramo: el 37% de 35.200€ hasta 60.000€
- Quinto tramo: 45% a partir de 60.000€
El pago del IRPF se va pagando por tramos, es decir los primeros 12.450€ tributarán al 19% y la diferencia ya tributa en el tramo correspondiente.
Tramos del IRPF en Andorra
En Andorra hay una gran diferencia con España, por ese motivo aunque no sea considerado paraíso fiscal grandes fortunas deciden trasladar su residencia para reducir el pago de impuestos.
- Rentas por debajo de 24.000€ exentos de IRPF
- Rentas entre 24.000€ y 40.000€ pagan un 5%
- Rentas a partir de 40.000€ pagan un 10%.
Impuesto de Sociedades
Otro de los impuestos más conocidos es el Impuesto de Sociedades. Este impuesto es el que grava los beneficios de las empresas por su actividad a lo largo del ejercicio fiscal. Se mantiene regulado por la Ley 27/2014, de 27 de noviembre. En España el Impuesto de Sociedades se fija en un 25% aunque hay excepciones donde el porcentaje es menor, como el caso de fundaciones o empresas de nueva creación. Además, se deben tener en cuenta las deducciones que pueda tener la empresa.
En el caso de Andorra el Impuesto de Sociedades llega a un máximo del 10% y un mínimo del 2% según el tipo de empresa. Andorra tiene uno de los impuestos de sociedades más bajos de toda la Unión Europea.
Impuesto sobre el valor añadido
El impuesto sobre el valor añadido, más conocido como el IVA ,es un impuesto indirecto que se aplica a cualquier producto o servicio.
En España existen tres tipos de IVA:
- Tipo general: 21%. Desde septiembre de 2012 este porcentaje de IVA se aplica a todas las operaciones.
- Tipo reducido 10%. Se aplica a productos de alimentación, agua, productos sanitarios o las viviendas, entre otros.
- Tipo super reducido 4,5%. Se aplica a productos de alimentación básicos como puede ser el pan, harina, huevos…libros y periódicos o medicamentos, entre otros.
En el caso de Andorra el tipo de IVA general es del 4,5% y el IVA reducido es el 1% aplicado para bienes y servicios relativos a la sanidad o educación.
La diferencia de impuestos hace que personas con ingresos altos trasladen sus residencias a lugares como Andorra para reducir el pago de impuestos. Hacienda vigila de cerca que se cumplan las condiciones para evitar una evasión fiscal. A la hora de tributar es importante conocer la legislación y cumplirla para evitar posibles sanciones. Si tienes dudas sobre la política fiscal puedes consultar con el departamento de HE Abogados que te ayudará a resolver tus dudas y cumplir correctamente con la fiscalidad.
una vez pagado el tipo de sociedades correctamente. si la sociedad reparte entre sus socios el resto del beneficio que gravamen tienen ?
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Si un español (residente en España) monta una sociedad (solo con con otro español al 50%) en Andorra y compra allí 1 inmueble para gestionarlo como apartamento vacacional por los que obtiene unos beneficios de 12.000 €/año (por ejemplo), dónde y cuántos impuestos deberá pagar?
Dicho de otra manera, qué impuestos deberá pagar en Andorra esa sociedad y qué debe pagar en España en el caso de que:
1) La sociedad deje el beneficio en Andorra (por ejemplo para poder comprar más inmuebles con el paso del tiempo)
2) La sociedad decida repartir los beneficios con sus socios o socio único
Gracias por adelantado!